El nuevo Real Decreto 306/2020 de 11 de febrero obliga a los trabajadores a recibir un mínimo de formación de 20 horas, en un plazo máximo de 6 meses desde la fecha de inicio de su trabajo en la explotación, sin perjuicio de lo que establece la normativa específica en materia de bienestar animal y tratamientos biocidas.
¿Qué obligaciones debe asumir la persona titular de la explotación?
El titular de la explotación será el responsable de que todos aquellos trabajadores que se encuentren en contacto con ganado porcino realicen, de manera periódica y en todo caso al menos una vez cada cinco años, cursos de adecuación de los conocimientos a los avances técnicos de la actividad. Dicha formación deberá tener una duración mínima de 10 horas con los contenidos que aparecen a continuación.
Contenidos mínimos de la formación
- Características de la producción porcina.
- Sanidad animal, higiene y bioseguridad.
- Manejo.
- Gestión ambiental y de lucha contra el cambio climático de las explotaciones.
- Registro de información y documentación.
- Normativa vigente en el ámbito europeo, nacional, autonómico y local relacionada.